Aprobadas nuevas bonificaciones del impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO), que entran en vigor en 2025.
Bonificación de hasta un 95% de la que se pueden beneficiar aquellos vecinos que realicen obras de instalación de ascensores, plataformas salva escaleras o rampas en fincas privadas de viviendas colectivas y de viviendas unifamiliares, que estén habitadas, de cualquier antigüedad y mínimo dos alturas sobre rasante y que no posean ascensor en funcionamiento. No tendrán derecho a estas bonificaciones quienes soliciten su aplicación una vez concedida la licencia urbanística, así como cuando se trate de expedientes de legalización de obras realizadas sin licencia.
Y otra bonificación del 60% a los vecinos que realicen construcciones, instalaciones u obras, que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de los discapacitados, cuyo coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra no supere los 6.000 €. No será aplicable la bonificación a aquellas construcciones, instalaciones u obras que se realicen en inmuebles que por prescripción normativa deban estar adaptados o deban adaptarse obligatoriamente. Para poder disfrutar de esta bonificación, los interesados deberán solicitarla antes del inicio de las construcciones, instalaciones y obras.
Se trata de modificaciones aprobadas por el Pleno con los votos a favor de los Grupos municipales del PSOE, PP, Más Madrid y la abstención de Vox.